Simonovis y los policías metropolitanos pueden optar a las fórmulas alternativas de prisión

IVN-SI1

Desde hace ocho años, en mazmorras no aptas para seres humanos, sin contar con lo más elemental para una subsistencia digna, se encuentran privados de su libertad, alejados de sus familias y con padecimientos severos de salud, Iván Simonovis y los policías metropolitanos Marcos Hurtado, Arube Pérez Salazar, Erasmo José Bolívar, Luis Enrique Molina y Héctor Rovain.
Iván Simonovis, en particular, condenado a 30 años, está preso desde el 22-11-2004 y por las condiciones de reclusión, enfrenta graves riesgos para su columna lumbar y del fémur izquierdo y por el uso prolongado de esposas en los traslados a Maracay, durante el juicio, presenta el síndrome del túnel del carpo bilateral e, igualmente, sufre de problemas en su visión, todo lo cual encuentra su causa en el encierro que padece.
Otros compañeros de infortunio, fueron excarcelados por “medidas humanitarias”, como es el caso de Lázaro Forero y Henry Vivas con diagnósticos de cáncer.
La razón de esta condena a la pena máxima de 30 años de Simonovis y de los otros policías metropolitanos no es otra que por la muerte de 2 personas y 20 heridos en los sucesos del 11-A, sin que se haya investigado y determinado la autoría y la responsabilidad por los otros 17 homicidios que ocurrieron y 80 casos de heridos. Por lo demás, parece olvidarse que la norma invocada es la de la “complicidad correspectiva” que supone que no se puede determinar la autoría de esas muertes, disposición que ha debido desaparecer desde hace muchos años por violatoria de la presunción de inocencia, siendo procedente la no culpabilidad de los acusados.
Violación de derechos 
Hoy, debatiendo sobre el nuevo COPP, que debería ajustarse de un todo a la Constitución de 1999, la cual contiene el “capítulo más completo de protección a los derechos humanos”, según se dice, en este caso, en forma manifiesta, lo que resulta evidente es la violación de los derechos y garantías de estos condenados.
En particular, el comisario Simonovis y los restantes policías metropolitanos condenados ya pueden optar a las fórmulas alternativas de la prisión, que les permitirían gozar de una libertad limitada. A Simonovis corresponde, según la sentencia del Tribunal de Ejecución del 5 de abril de 2011, el régimen de destacamento de trabajo a partir del 22-5-2012; Marcos Javier Hurtado, tiene derecho al régimen abierto a partir del 5-11-2008; Arube Pérez Salazar puede optar al régimen abierto desde el 25-3-2009 y Erasmo José Bolívar, Héctor Rovain y Luis Enrique Molina podrían estar ya en destacamento de trabajo desde el 15-10-2010.
Ninguna de estas modalidades de libertad anticipada les han sido otorgadas, a pesar de que la Constitución le da preferencia a las fórmulas no privativas de libertad sobre las medidas reclusorias, siendo aplicable la norma del Código derogado y no la del vigente, desfavorable por los lapsos y contraria a la Carta Magna.
Es necesario restaurar la justicia y contribuir a la pacificación.
aas@arteaasanchez.com

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